En el marco del segundo Congreso Panamericano en control y prevención de lavado de activos, clausurado hoy en la Ciudad de Cartagena se celebró la noticia de la creación de la Federación Americana de Instituciones Cambiarias del Continente. Puntos como el combatir la utilización indebida del negocio cambiario llevaron a los asistentes en representación del mercado cambiario a reconocer que en medio de la actual globalidad se requiere un organismo representativo de la industria cambiaria continental para que presente los puntos de vista ante las instancias nacionales o internacionales y evite así la distorsión de su actividad frente a acciones individuales de agentes no idóneos que por laxitud o aprovechamiento de vacíos en las normas intervienen irregularmente en el negocio cambiario. Como un reconocimiento a Colombia y su sector cambiario fué interpretada la designación del Comité promocional para la creación de la Federación quien encargó como su coordinador al Doctor Alfonso Garzón Méndez, actual Presidente de la Asociación de Instituciones Cambiarias de Colombia ASOCAMBIARIA .
Vamos a proyectar la mejor imagen del sector cambiario en todos los sectores de la actividad pública interna e internacional, asumiremos una posición armónica entre todos sus protagonistas, promoveremos el conocimiento, desarrollo y perfeccionamiento de las normas que rigen ésta actividad y profundizaremos las relaciones de mutua cooperación y apoyo con autoridades y organismos internacionales dedicados a la prevención control y represión del lavado de activos puntualizó Garzón. Se anexa la declaración de Cartagena. Noviembre 1 de 2002 FEDERACION AMERICANA DE ASOCIACIONES CAMBIARIAS DECLARACION DE CARTAGENA En la ciudad de Cartagena de Indias, a 1 de noviembre de 2002, los abajo firmantes, en representación de Asociaciones de Instituciones Cambiarias o Cámaras de Casas de Cambios, o entidades autorizadas por la ley para operar en el negocio cambiario, en sus respectivos países.

TENIENDO EN CUENTA

1. Que los negocios que en el mundo entero adelantan los intermediarios del mercado cambiario y demás agentes autorizados por las respectivas leyes, pueden ser utilizados como instrumento para el manejo de capitales provenientes de actividades ilícitas;
2. Que las instituciones Cambiarias del mundo se plantean continuamente la necesidad de incrementar sus medidas de prevención contra el lavado de activos en cualquiera de sus formas así como la formulación de nuevas acciones con el objetivo de proteger la industria cambiaria.
3. Que en todos los países, las instituciones Cambiarias han venido colaborando con las autoridades con el fin de mejorar el entorno jurídico de prevención, control y represión del lavado de activos, mediante la expedición de nuevas normas y reglamentos específicos;
4. Que para combatir esta utilización indebida del negocio cambiario se han adoptado una serie de medidas tanto en el ámbito internacional como al interior de los países;
5. Que es necesario asumir una posición armónica entre los protagonistas del mercado cambiario en cuanto a la protección de la industria contra el riesgo de lavado de activos;
6. Que para lograr una mejor respuesta en el esquema de protección es necesario promover el intercambio entre las asociaciones o Cámaras representativas de Instituciones dedicadas al negocio cambiario en el continente americano;
7. Que es igualmente necesario promover el conocimiento, desarrollo y perfeccionamiento de las normas que rigen la actividad, cambiaria en los distintos países;
8. Que es de la mayor importancia mantener relaciones mutuas de cooperación y apoyo con las autoridades nacionales y organismos internacionales dedicados a la prevención, represión y control del lavado de activos;
9. Que los principios de seriedad, eficiencia, confiabilidad y solvencia comercial de las empresas del sector expresados en la declaración de Buenos Aires el 5 de mayo de 1991 en la primera asamblea de la Federación Interamericana de casas de cambio se mantienen.
10. Que es importante proyectar la mejor imagen del sector cambiario en todos los sectores de la actividad pública, interna e internacional.
11. Que en medio de la actual globalidad se requiere un organismo representativo de la industria cambiaria regional, a nivel Latinoamericano, para que presente los puntos de vista de la industria ante las instancias nacionales o internacionales y evite así la distorsión de su actividad frente a acciones individuales de agentes no idóneos que por laxitud o aprovechamiento de vacíos en las normas intervienen irregularmente en el negocio cambiario;
12. Que el intercambio de experiencias, normas y capacitación del sector cambiario debe ser promovido en forma organizada, armónica y continua.
13. Que deben promoverse los valores éticos en la gestión comercial de la industria cambiaria,
DECLARAN SU INTENCIÓN DE Impulsar la creación la FEDERACION AMERICANA DE ASOCIACIONES CAMBIARIAS, con el ánimo de alcanzar los objetivos enunciados en los considerados precedentes;
INVITAN A todas las asociaciones y cámaras nacionales representativas de las instituciones Cambiarias de los países del Continente Americano para sesionar en Asamblea Plena a fin de proceder a la creación de la FEDERACIÓN AMERICANA DE ASOCIACIONES CAMBIARIAS, en la fecha y lugar que el Comité Provisional, que por esta se constituye, señalará oportunamente. SE CONSTITUYEN En Comité Promocional para la creación de la FEDERACIÓN AMERICANA DE ASOCIACIONES CAMBIARIAS y adquieren el compromiso de realizar las acciones conducentes a ello, encargando desde hoy su coordinación a la Asociación de Instituciones Cambiarias de Colombia ASOCAMBIARIA. Para constancia se firma en Cartagena de Indias, a primero de noviembre del año dos mil dos.




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